Su Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, con rigor de auditoría

Su Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, con rigor de auditoría

Su Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, con rigor de auditoría

Diagnóstico, elaboración, negociación con la representación legal de los trabajadores e implantación del PMST conforme a la Ley 9/2025 y el RDL 7/2026. Plazo límite general: 5 de diciembre de 2026.

Diagnóstico, elaboración, negociación con la representación legal de los trabajadores e implantación del PMST conforme a la Ley 9/2025 y el RDL 7/2026. Plazo límite general: 5 de diciembre de 2026.

Diagnóstico, elaboración, negociación con la representación legal de los trabajadores e implantación del PMST conforme a la Ley 9/2025 y el RDL 7/2026. Plazo límite general: 5 de diciembre de 2026.

Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible

RDL 7/2026

LPRL art. 15

GHG Protocol Alcance 3

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, obliga a los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 por turno, a disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo. El RDL 7/2026 redujo el plazo original de 24 a 12 meses. La fecha límite general es el 5 de diciembre de 2026. La ausencia de plan constituye infracción leve (de 101 a 2.000 €), y la falta de negociación con la representación legal de los trabajadores puede calificarse como infracción grave conforme al art. 7.7 de la LISOS.

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, obliga a los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 por turno, a disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo. El RDL 7/2026 redujo el plazo original de 24 a 12 meses. La fecha límite general es el 5 de diciembre de 2026. La ausencia de plan constituye infracción leve (de 101 a 2.000 €), y la falta de negociación con la representación legal de los trabajadores puede calificarse como infracción grave conforme al art. 7.7 de la LISOS.

Cumplimiento normativo y ESG

Obligación legal con plazo definido

Obligación legal con plazo definido

La Ley 9/2025 establece la obligatoriedad del PMST para centros con más de 200 personas trabajadoras. El plan debe negociarse con la RLT, incluir la jerarquía de medidas del art. 26 (activa, colectiva, compartida, privada) y someterse a informe de seguimiento bianual. Además, la encuesta de movilidad genera los datos necesarios para el cálculo de emisiones Alcance 3 Categoría 7 del GHG Protocol, exigidos por la CSRD y el EINF.

Prevención de riesgos laborales

Siniestralidad in itinere como riesgo gestionable

Siniestralidad in itinere como riesgo gestionable

En 2024, más de 90.000 trabajadores en España sufrieron un accidente laboral in itinere. El 60 por ciento fueron accidentes de tráfico. El art. 15 de la LPRL y el Acuerdo Ministerio del Interior — Ministerio de Trabajo de 2011 configuran un marco donde el empleador debe evaluar y actuar sobre el riesgo vial de sus trabajadores. La Carta Europea de Seguridad Vial refuerza este compromiso a escala comunitaria.

Los seis elementos de un PMST conforme

Los seis elementos de un PMST conforme

Los seis elementos de un PMST conforme

1

Compromiso de la dirección

Declaración formal de la empresa y designación de un responsable del plan.

2

Organización y recursos

Estructura interna, interlocución con la RLT y asignación de medios para la ejecución.

3

Sistema de información

Encuesta de movilidad, datos de desplazamiento, accesibilidad en transporte público y mapa de riesgos viales.

4

Evaluación de riesgos viales

Identificación de factores de riesgo en los desplazamientos in itinere y en misión conforme a la LPRL.

5

Medidas de prevención y movilidad

Jerarquía obligatoria: activa, colectiva, compartida y privada, con negociación preceptiva con la RLT.

6

Evaluación y seguimiento

Indicadores de resultado, informe bianual ante la autoridad territorial de movilidad.

Basado en el Acuerdo Ministerio del Interior — Ministerio de Trabajo de 1 de marzo de 2011 y en la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible.

Metodología

Seis fases, de diagnóstico a seguimiento

Seis fases, de diagnóstico a seguimiento

Seis fases, de diagnóstico a seguimiento

Diagnóstico de movilidad

2 semanas

Encuesta a la plantilla, análisis de turnos, residencia y accesibilidad del centro. Mapa de riesgos viales.

Elaboración del plan

3 semanas

Redacción del PMST con la jerarquía de medidas del art. 26, indicadores y plazos de implantación.

Negociación con la RLT

Variable

Apoyo técnico en la negociación preceptiva con la representación legal de los trabajadores.

Implantación de medidas

Según plan

Acompañamiento en la puesta en marcha de cada medida acordada: movilidad activa, colectiva, compartida.

Cálculo de emisiones

Continuo

Cuantificación de Alcance 3 Cat. 7 con factores MITECO/IDAE. Datos listos para CSRD y huella corporativa.

Seguimiento bianual

Cada 2 años

Informe de seguimiento ante la autoridad territorial de movilidad. Actualización de indicadores.

Entregables

Entregables

Entregables

Documento

Fase

Requisito normativo que cubre

Informe de diagnóstico de movilidad

Fase 1

Fase 1

Art. 26 Ley 9/2025 — sistema de información

Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo

Fase 2

Fase 2

Art. 26 Ley 9/2025 — documento principal

Acta de negociación con la RLT

Fase 3

Fase 3

Art. 26 Ley 9/2025 — negociación preceptiva; LISOS art. 7.7

Informe de emisiones Alcance 3 Cat. 7

Fase 5

Fase 5

GHG Protocol; CSRD; EINF

Informe de seguimiento bianual

Fase 6

Fase 6

Art. 26 Ley 9/2025 — evaluación y seguimiento

Servicios complementarios

Cinco líneas de servicio, una metodología integrada

Cinco líneas de servicio, una metodología integrada

Acompañamiento en la implantación

Apoyo técnico y operativo en la puesta en marcha de cada medida acordada en el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo.

Formación en seguridad vial

Programas para personas trabajadoras y flotas orientados a la reducción de accidentes in itinere y en misión: factor humano, hábitos de conducción y gestión de la fatiga.

Cálculo y reporte de emisiones Alcance 3 Cat. 7

Cuantificación de las emisiones de los desplazamientos casa-trabajo conforme al GHG Protocol, a disposición del cliente para su informe de sostenibilidad y huella de carbono corporativa.

Gestión del informe de seguimiento bianual

Preparación y presentación del informe de seguimiento ante la autoridad territorial de movilidad, con actualización de indicadores y medidas.

Operación de transporte colectivo

Cuando la jerarquía del plan y la negociación con la representación legal de los trabajadores así lo determinen, con flota de bajas y cero emisiones.

Por qué Amabus

Por qué Amabus

Por qué Amabus

01

Rigor normativo verificable

Cada entregable cita el artículo, ley y plazo que cubre. Sin ambigüedades.

02

Doble perspectiva: ESG y PRL

Un único proceso que satisface tanto al área de sostenibilidad como al servicio de prevención.

03

Capacidad de implantación real

No solo elaboramos el plan: acompañamos su ejecución, incluida la operación de transporte colectivo cuando proceda.

04

Datos para reporting corporativo

El proceso genera los datos de Alcance 3 Cat. 7 que su empresa necesita para CSRD, EINF y huella de carbono.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o más de 100 por turno, conforme al art. 26 de la Ley 9/2025.

Consulte su caso sin compromiso

Consulte su caso sin compromiso

Consulte su caso sin compromiso

Analizamos los umbrales aplicables a su centro de trabajo y presentamos una propuesta técnica en menos de dos semanas.

Analizamos los umbrales aplicables a su centro de trabajo y presentamos una propuesta técnica en menos de dos semanas.

amabus

Consultoría de Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo

info@amabus.es | 622 786 396

Amabus Infraestructuras S.L. | CIF: B27519453 | Camino Cabilas, 99, 30009 La Arboleja, Murcia, España

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